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 DAS WAR... 1
Auf dem Balkon
Feuerwehr rettet
Auf der Schattenseite
Petroleum-Bad
Hinter Gittern
Pferdepflege
Fenstersturz
Kein Ende dort...
Halb verhungert
In letzter Minute
Popeye
Pepo aus Teresa
Bongey's Odyssee
Vor der Polizei
In der Gosse
Angekettet
Haus in Vila-Real
Burriana
In böser Absicht
 DAS WAR ...
Das war... 1
Das war... 2

AUF DEM BALKON

In sicheren Händen




 

Auf einem Balkon war das Tier schutzlos in der gegenwärtigen starken Hitzeperiode belassen worden ohne, dass es ausreichend mit Futter und Wasser versorgt wurde. Nachbarn hatten schon etwas auf den Balkon geworfen und man versuchte die Bewohner zu erreichen aber stets öffnete niemand. Diesmal hatte sich die Polizei sehr kooperativ gezeigt und mit Hilfe der Feuerwehr konnte dann das Tier aus seiner Lage befreit werden. Auch diesmal war niemand zu Hause. Leider, wie immer in diesen Fällen, wird das Tier nicht uns sondern in die Perrera überstellt. Natürlich werden wir es nach der gesetzlichen Wartezeit dort auslösen. Die Anzeige gegen die Halter haben wir erstattet.


 

Dafür hat es sich gelohnt

Salvo in sicherem und fürsorglichem neuem Zuhause und eine kleine Freundin hat er dort auch mit der er sich bestens versteht




El Periódico Mediterraneo

REPORTAJE
Salvado de llevar una ´vida de perros´
Los bomberos rescatan a un can de un patio lleno de heces, con sol y sin agua.

MARI CARMEN TOMÁS (13/08/2006)

Los Bomberos y la Policía Local de Castellón rescataron ayer a un perro cruce de pastor alemán que se hallaba presuntamente sin agua ni comida en un patio lleno de excrementos ubicado en el n° 13 de la Gran Vía Tárrega Monteblanco. Según explicó Lorena Manrique, de la Asociación Protectora Amigos de los Animales, los agentes se personaron a raíz de una denuncia de la comunidad de propietarios y de la finca contigua. Los vecinos, además, habían avisado a esta protectora, a Sanidad, e incluso al juzgado. En algunas ocasiones le arrojaban comida para que pudiera alimentarse.
La Policía Local ya había acudido anteriormente al edificio a intentar hablar con los inquilinos y dueños del perro, que residen en el primer piso, pero no les abrieron. Ayer, ante el riesgo que representaba esta situación para el animal, acudieron al rescate. Manrique vio en este un "caso de maltrato y riesgo de muerte para el animal, por deshidratación y por altas temperaturas, al hallarse en un patio al sol".
Los Bomberos, con la ayuda de una escalera, sacaron al can del patio, que desprendía un fuerte hedor a causa de los excrementos. Hasta su llegada, el animal se hallaba acurrucado debajo de un madero en el único punto del deslunado donde no daba el sol. Como pudo comprobar la Policía, no había comida ni agua a la vista. Tras esta actuación, fue trasladado a Mediterránea. "Será el Ayuntamiento el que tenga que imponer la sanción", explicó Manrique, que considera que podría ser grave, caso en que oscilaría entre 600 a 6.000 euros, o muy grave, en que serían de 6.000 a 18.000.
En todo caso, reclamó que no se devuelva el perro a sus dueños y señaló que, de lograrlo, se intentará buscar un adoptante que quiera hacerse cargo de él. Numerosos vecinos presenciaron el rescate del animalito, interesándose por su estado. Manrique alabó la "excelente actuación" de Bomberos y Policía Local.


B.O.P. DE CASTELLÓ Núm. 11 - 25 de gener de 2007

Wenigstens eine Strafe von 1.202,02 EUR für dieses Tun.
Hier im Amtsblatt veröffenlicht.

NOTIFICACIÓN DEL DECRETO DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR 47/06


Intentada sin éxito la notificación del Decreto de resolución del expediente sancionador nº 47/06, a Dª Vanesa Soler Esteve, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del citado Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, siendo su texto íntegro el siguiente: “Mediante Decreto del Teniente de Alcalde, Presidente de la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Consumo y Comer-cio, de fecha quince de septiembre de dos mil seis, se resolvió lo siguiente:

“Visto que en fecha 29 de julio de 2006 se emite boletín nº 77602 de la Policía Local al titular de la vivienda sita en Gran Vía Tárrega Monteblanco, nº 13-1º-1ª, por “Tener dos perros en domicilio en deficientes condiciones sanitarias (excrementos, sin agua y comida)”, que resulta ser en base a boletines posterio-res Dña. Vanesa Soler Esteve, con D.N.I. 52949773.

Visto que en fecha 2 de agosto de 2006 se emiten por Policía Local boletines de denuncia nº 66688 por “Dejar en terraza interior de edificio animales que perturben el descanso de los vecinos (dos perros en estado de insalubridad)”; boletín nº 66689 por “No facilitar datos de identidad del animal. Cachorro 3 meses y medio aproximadamente (raza cruce de pastor alemán según parece)”; boletín de denuncia 66690 por “No facilitar datos de identidad del animal. Perro raza Yorkshire terrier”.

Visto que conforme a lo dispuesto en los artículos 60.A.6 y 60.A.11 de la Ordenanza Municipal sobre Tenencia de anima les de compañía, animales potencialmente peligrosos y sobre el servicio de recogida de animales de recogida de animales, la tenencia de animales en viviendas urbanas en malas condiciones higiénicas que atenten contra la salud pública o que ocasionen molestias a los vecinos, supone la comisión de una infracción de carácter leve así como también es infracción leve el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y deberes contemplados en la presente Ordenanza, pudiendo los hechos ser sancionados según establece el artículo 63.2 con una multa de 30,05 a 601,01 Euros.

Visto que los hechos descritos en los boletines de denuncia citados son incardinables en los tipos legales definidos.

Vistos los hechos indicados, y de conformidad con el artículo 64, el Ayuntamiento podrá retirar los animales objeto de protección siempre que existan indicios de infracción de las presentes disposiciones y del no cumplimiento de los principios básicos de respeto, defensa, protección higiene y salubridad de los animales, quedando acreditados en el expediente tales circunstancias así como la responsabilidad de su titular.

Visto que para el ejercicio de la potestad sancionadora la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, en su disposición adicional tercera, y el articulo 59 de la referida Ordenanza Municipal, remite a los principios de la potestad sancionadora contenidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en relación con el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Visto que en fecha 25 de agosto de 2006 se cumplimentó la notificación del decreto de incoación de expediente sancionador al interesado mediante notificadores, concediéndosele un plazo de quince días para la presentación de alegaciones y documentos, sin que hasta el momento se haya presentado documento alguno.

Esta Tenencia de Alcaldía, visto el informe jurídico y en uso de las potestades atribuidas por la legislación y al amparo de los Decretos de delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local de 26 de mayo 3 2006, apartado cuarto, dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 en adelante conforme a la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, RESUELVE:

Primero.- Imponer a Dña. Vanesa Soler Esteve, con D.N.I. 52949773 y domicilio en Gran Vía Tárrega Monteblanco, nº 13- 1º-1ª de Castellón, una sanción pecuniaria de 601,01 Euros por la comisión de una infracción tipificada en el artículo 60.A.6 ( La tenencia de animales en viviendas urbanas en malas condiciones higiénicas que atenten contra la salud pública o que ocasionen molestias a los vecinos), en base al artículo 63.3 de la Ordenanza.

Segundo.- Imponer una sanción pecuniaria de 601,01 Euros por la comisión de una infracción tipificada en el artículo 60.A.11 (El incumplimiento de cualquier de las obligaciones y deberes contemplados en la presente Ordenanza) por no facilitar datos de identidad de un perro raza cruce pastor alemán y un yorkshire terrier respectivamente, en base al artículo 63.3.

Tercero.- Determinar la cuantía total de la sanción económica en 1.202,02 Euros.

Cuarto.- Resolver el decomiso definitivo de los canes de raza pastor alemán y yorkshire terrier y su depósito en la empresa concesionaria del Servicio Municipal de Recogida Mediterrania Centro Canino S.L.

Quinto.- Imponer la obligación de pago de todos los gastos de mantenimiento y manutención derivados de la estancia de los citados canes en la empresa Mediterrania Centro Canino S.L., durante el tiempo de confiscación cautelar transcurrido desde el día 25.08.06, fecha en que se procedió a la notificación de orden de retirada de los perros por parte de la Policía Local hasta la fecha de la resolución

Sexto.- Autorizar a la mercantil Mediterrania Centro Canino a realizar cuantos trámites sean necesarios para la adopción de los canes y evitar su sacrificio. En caso de no ser posible la adopción de los canes se procederá a emitir por parte del Negociado de Consumo, AFIC y Sanidad la autorización en tiempo y forma de la fecha del sacrificio.

Séptimo.- Notificar al interesado la presente resolución de los perros que procedan, plazos para interponerlos y órganos ante quién podrá interponerlos, así como al Área de Gestión Económica y a la Mediterrania Centro Canino.”


Castellón de la Plana, a 3 de enero de 2007.—EL ALCALDE, Alberto Fabra Part. C-168